Raymundo Barradas.
Veracruz, Ver.- A partir del 1° de enero de 2016 entrarán en vigor diversas enmiendas a los tratados de la Organización Marítima Internacional (OMI), entre esas están los sistemas de gas inerte a bordo de buques petroleros, el transporte de mercancías peligrosas, instrumentos de estabilidad en buques tanque y requisitos de prueba para chalecos salvavidas.
Las enmiendas al Convenio SOLAS incluyen:
-Enmiendas a las reglas II-2/1, II-2/3, II-2/4, II-2 / 9.7 y II-2 / 16.3.3, para introducir requisitos obligatorios para sistemas de gas inerte a bordo de los buques petroleros y quimiqueros de 8.000 toneladas de peso muerto, además sistemas de ventilación a bordo de los buques nuevos.
Modificaciones en relación con el capítulo 15 del Código internacional de sistemas de seguridad contra incendios (Código SSCI) en sistemas de gas inerte.
-Enmiendas a la regla II-1/29 sobre el aparato de gobierno, para actualizar los requisitos relativos a las pruebas de mar.
-Enmiendas a la regla II-2/10, sobre requisitos de protección contra incendios para los nuevos buques proyectados para transportar contenedores en o por encima de la cubierta de intemperie.
-Enmiendas a la regla II-2 / 13.4, que obliga a los medios adicionales de evacuación desde los espacios de máquinas.
– Nueva regla II-2 / 20-1, que proporciona medidas de seguridad adicionales para los transportistas de vehículos con los espacios para vehículos y carga rodada destinados al transporte de vehículos de motor con hidrógeno comprimido o gas natural comprimido en sus depósitos para su propia propulsión como carga.
Enmienda 37-14 al Código Marítimo Internacional de Mercancías Peligrosas (IMDG).
Se incluyen cambios a las disposiciones relativas a los materiales radiactivos, que reflejan las últimas (2012) las disposiciones de la Agencia Internacional de Energía Atómica (OIEA), los nuevos requisitos de marcado para “sobreembalaje” y “rescate” y cambios a diversos requisitos de embalaje individuales.
Transporte de instrumentos de estabilidad obligatorias para los buques tanque
En virtud de las enmiendas al Anexo I del MARPOL, el Código para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código BCH), Código internacional para la construcción y el equipo de buques que transporten productos químicos peligrosos a granel (Código CIQ) y Código internacional para construcción y el equipo de buques que transporten gases licuados a granel (Código CIG).
Pruebas de chaleco salvavidas Código IDS.
Las enmiendas a la Internacional de dispositivos de salvamento (Código IDS) se refieren a la prueba de los chalecos salvavidas. Los requisitos para los chalecos salvavidas pruebas de adultos se actualizan y los nuevos se añaden los párrafos relativos a la prueba de los chalecos salvavidas para niños, incluida la posibilidad de sustituir los maniquíes de los sujetos de prueba humanos.
Revisado Código CIG.
Las modificaciones para buques que transporten gases licuados a granel (Código CIG) entrarán en vigor el 1 de enero, con fecha de implementación / aplicación de 1 de julio de 2016.
Las auditorías en el marco del Plan de auditorías de la OMI Estado miembro sean obligatorios.
Las enmiendas sobre seguridad, formación, prevención de la contaminación, las líneas de carga, arqueo de buques y la prevención de colisiones, se van a cumplir a raíz de auditorías en el marco del Plan de auditorías de los Estados Miembros de la OMI obligatorio para todos los Estados Miembros de la OMI desde el 1 de enero.
Los Estados miembro podrán realizar hasta 25 auditorías al año dentro del plan de auditorías, mecanismo que también servirá a los Estados miembro para evaluarse y determinar en qué medida se están poniendo en práctica y hacer cumplir los instrumentos aplicables por parte de la OMI.